normas habitabilidad viviendas

Autor: Agustín Jiménez Rey

Categoría: Habitabilidad: Concepto y Requisito de lo que es Habitable

Cómo son las Normas Habitabilidad en Viviendas

Condiciones de Habitabilidad en Viviendas

Toda Vivienda debe de acreditar que cumple unas condiciones Mínimas de Habitabilidad y Confort, estas condiciones nos las marcan las Normas de Habitabilidad en Viviendas las cuales nos indican:

  • Superficies Mínimas en cada habitación o dependencia y de pasillos y recibidores
  • Superficie Mínima de Ventilación e Iluminación de cada zona incluida la Ventilación de los Baños y Aseos
  • Alturas Mínimas de cada recinto
  • Anchos Mínimos de puertas y pasos
  • Eficiencia Energética de la vivienda
  • Accesos y zonas comunes de los pisos
  • Tipos de acabados o revestimientos de Suelos, Paredes y Techos, resbaladicidad, materiales infugos…
  • Resistencia Estructural de la finca y Durabilidad, en Fincas de Uso Residencial se suele usar una Vida Media de 100 años
  • Dotación Mínima de la vivienda en cuanto a Mobiliario y Sanitarios

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Si necesitas informarte sobre si tu vivienda cumple o no con las Condiciones de Habitabilidad o que obras necresitas hacer para habilitarla y adecuarla a las Normativas actuales sobra Habitabilidad, desde nuestro Despacho de Arquitectura te asesoramos sin ningún compromiso.

En este post queremos indicarte algunas cuestiones o también puede contactarnos y consultar tus dudas sobre  las Condiciones de Habitabilidad de tu vivienda

normativa cédula habitabilidad

NORMATIVA CÉDULA DE HABITABILIDAD

Todas estas Condiciones Mínimas de Habitabilidad en Viviendas cambian de una comunidades autónomas a otras pero aunque cada Comunidad Autónoma tenga su propia Normativa de Habitabilidad en Viviendas son similares con algunas peculiaridades.

También para las condiciones de Usabilidad, Confort, Resistencia…, hay que tener en cuenta el Código Técnico de la Edificación “CTE” que nos marca otros parámetros mínimos a cumplir en la Edificaciones incluidas en las Viviendas de Obra Nueva, Reforma o Rehabilitación.

En resumen el documento que nos garantiza que nuestra vivienda cumple con las Condiciones de Habitabilidad en Viviendas lo otorga el Ayuntamiento o la delegación de gobierno de la Vivienda de cada Autonomia, dependiendo de cada Autonomía, y es la Cédula de Habitabilidad o Licencia de Primera Ocupación de una vivienda.

Una vivienda, para poder considerarse como tal debe tener y cumplir unas condiciones que se denominan “condiciones de habitabilidad mínimas en viviendas”, de lo contrario se supone que la vivienda no es habitable y por lo tanto no se podría considerar como tal. Que la vivienda cumple con estos mínimos se acredita con un Certificado Técnico que se denomina Certificado de Habitabilidad, y si este certificado que debe ser redactado por un técnico Cualificado (arquitecto, arquitecto técnico o Ingeniero de la edificación) es favorable entonces la Administración correspondiente otorga lo que se denomina la CEDULA DE HABITABILIDAD, la cual respalda y acredita la HABITABILIDAD de la vivienda.

En este artículo nos vamos a centrar en explicar cuáles son esas características que deben de tener las viviendas para poder considerarse que son habitables, en resumen cuales son las condiciones de habitabilidad de las viviendas.

habitabilidad vivienda

HABITABILIDAD DE UNA VIVIENDA

Antes de empezar a explicar las condiciones de habitabilidad de una vivienda, aclaremos que normalmente la Normativa suele diferenciar entre viviendas nuevas y viviendas antiguas o ya existentes. La diferencia fundamental para cada una de estas viviendas es que aunque se le exigen los mismos puntos y criterios de cumplimiento, en el caso de viviendas ya existentes estos criterios son menos exigentes que si se trata de viviendas nuevas.

También mencionar que las Normas de Habitabilidad de las viviendas, son normas de carácter Autonómico, pero sí que de unas autonomías a otras estas normas son muy similares, ya que al final se trata de que las personas que vivan en cada vivienda tengan garantizados unos mínimos de confort que son necesarios para el día a día y poder vivir en mi vivienda con unas mínimas garantías de Condiciones de habitabilidad que deben tener las viviendas.

vivienda a medida

VIVIENDAS A MEDIDA O POR ENCARGO

También cuando realizamos una Autopromoción para hacernos nuestra vivienda del tipo que sea:

  • Vivienda Unifamiliar Aislada

Chalets o Casas que se encuentran en una parcela propia con terreno alrededor y no colinda con ninguna otra vivienda

  • Vivienda Unifamiliar Adosada

Nos referimos a viviendas en hilera también llamadas en división horizontal tumbada y las típicas Casas de Pueblo .

  • Viviendas Plurifamiliar

Son la tipología de pisos en Fincas, estas pueden ser en manzanas cerradas o abiertas dependiendo cada zona .

Cualquier Construcción hecha por Encargo o a Medida que se vaya a usar como vivienda debe de cumplir las Condiciones de habitabilidad que pasamos a enumerar

Pasamos a enumerar las condiciones de habitabilidad de las viviendas, explicando su sentido y aplicación pero sin entrar en valores concretos, ya que como hemos dicho de una Autonomía a otra pueden tener unos valoras y criterios diferentes.

Cédula de habitabilidad de una vivienda

Condiciones de habitabilidad

Tanto para las viviendas nuevas como se segunda mano deben tener un mínimo de condiciones de habitabilidad que pasamos a explicar en cualquier caso, pero sin entrar en valores:            

  1. Dependencias mínimas que debe tener cualquier vivienda

Una vivienda para poder ser habitada debe de estar formada por varias dependencias o habitaciones para poder desarrollar nuestra vida en estos espacios que como mínimo son:

  1. Una cocina-salón-comedor: que sería un único espacio destinado a estas tres actividades, aunque sea un único espacio debe estar diferenciada cada zona.
  2. Dormitorio principal o único, con espacio suficiente para una cama de matrimonio, cómoda y un armario.
  3. Un baño completo compuesto por un inodoro, lavabo, bidet y ducha o bañera.

Estos tres espacios compondrían lo que sería la vivienda más reducida o vivienda de un solo dormitorio.

Aunque también se puede ver una variante de esta vivienda de un dormitorio que sería la vivienda tipo apartamento, que sería igual que la anterior pero uniendo el Dormitorio principal a la cocina-salón-comedor. Por lo que únicamente quedarían dos espacios que son:

  1. Una cocina-salón-comedor-Dormitorio principal: que sería un único espacio destinado a estas cuatro actividades y por su puesto diferenciada cada zona.
  2. Un baño completo compuesto por un inodoro, lavabo, bidet y ducha o bañera.
  3. Superficies o dimensiones mínimas

Los distintos espacios que componen una vivienda deben de tener unas dimensiones mínimas o poder inscribirse unas determinadas figuras geométricas en ellas o alcanzar unas superficies determinadas como mínimo, según de que habitaciones o espacios se trate, así pues podemos encontrarnos con:

  1. Recibidor: Es la zona de entrada/salida de la vivienda, debe tener una anchura algo superior a lo que es un pasillo, entre 1,20 a 1,50 metros como mínimo.
  2. Pasillo: es el corredor que distribuye el acceso al resto de habitaciones de la vivienda. Debe tener una anchura superior a 0,90 metros.
  3. Salón: o también llamada zona de estar, debe tener una superficie y forma que haga posible distribuir en el un sofá y un mueble para el televisor, normalmente suele ser un rectángulo de 3×2,5 metros y una superficie mínima de unos 12 metros cuadrados.
  4. Comedor: Donde tendremos una mesa para poder comer, o bien circular o rectangular, se podrá inscribir un circulo de diámetro 2,50 metros y una superficie mínima de unos 10 metros cuadrados.
  5. Salón-Comedor: los dos espacios anteriores pueden unirse en una sola salita denominada salón-comedor donde tendremos las dos figuras del rectángulo de 3×2,5 metros y el circulo de diámetro 2,50 metros, en este caso la habitación tendrá una superficie de unos 15 metros cuadrados.
  6. Cocina: Esta dependencia de la casa a parte de una superficie mínima de unos 5,00 metros cuadrados, debe de disponer de una serie de dotaciones necesaria para la preparación de las comidas y su conservación y limpieza, que son:
  1. Fregadero: El cual estará dotado de desagüe sifónico y tomas de agua sanitaria fría y caliente.
  2. Encimera: Que podrá ser a Gas, Eléctrica o Vitrocerámica.
  3. Horno: que también podrá ser a Gas o Eléctrico
  4. Extractor de humos: Para la encimera.
  5. Toma para colocar una lavadora: Aunque está también puede ir en otras dependencias de la vivienda, como en un aseo, terraza o galería exterior e incluso en zonas comunes de la finca donde se ubica la vivienda preparadas para ello.
    1. Salón-Comedor- Cocina: La cocina puede también agregarse al mismo espacio que ocupan el Salón-Comedor, en cuyo caso debe de ampliarse su superficie a unos 18 metros cuadrados como mínimo.
    2. Dormitorio Principal: Es la habitación de descanso y para dormir, por lo que debe de poder inscribirse un rectángulo de 2,40×2,60 metros con una superficie mínima de entre los 10 a 12 metros cuadrados, para que en ella nos quepa también un mueble de armario, aunque este ya puede venir hecho de obra que serían los armarios empotrados.
    3. Dormitorio simple y dormitorio doble: Aparte del dormitorio anterior podemos tener otros dormitorios, los cuales pueden ser sencillos o dobles, la diferencia sería si nos cabe una sola cama o dos camas:
      1. Dormitorios simples: se exige poder inscribir un cuadrado de 1,80×1,80 metros con una superficie mínima de 6 metros cuadrados, como es obvio solo sirven para una sola persona.
      2. Dormitorios dobles: Serían algo más grandes, c para que nos quepan dos camas, con unas medidas mínimas de 2,40×2,20 si es más o menos cuadrado o 1,80×4,40 si la habitación es alargada y una superficie mínima de 8 metros cuadrados.
    4. Baño principal: El cual debe tener una dotación mínima compuesta de:
      1. Inodoro: El inodoro será de porcelana vitrificada de fácil limpieza y desinfección, con sistema de descarga. Además de un sifón en el desagüe para evitar la entrada de olores.
      2. Bidet: El bidet también de porcelana vitrificada de fácil limpieza y desinfección, con tomas de agua sanitaria caliente y fría. Además de un sifón en el desagüe para evitar la entrada de olores.
      3. Lavabo: El lavabo también contará con toma de agua caliente sanitaria fría y caliente. Además de un sifón en el desagüe para evitar la entrada de olores.
      4. Ducha o bañera: Se podrá disponer de ducha o bañera en cualquiera de los dos casos, estas dispondrán de tomas de agua caliente sanitaria fría y caliente. Además de un sifón en el desagüe para evitar la entrada de olores.
    5. Aseo o baño segundo: En el caso de disponer de más de un baño, que además es obligatorio si se dispone de tres o más habitaciones, este segundo baño suele ser de dimensiones más reducidas y siempre con las mismas características que en el caso anterior y puede constar solo de:
      1. Inodoro:
      2. Lavabo:
      3. Ducha:
    6. Otras dependencias: La vivienda podrá tener otras dependencias, espacios o habitaciones, no obligatorias por normativa, como despacho, trastero, terraza, galería…, pero todas ellas ya no es obligatorio de que dispongan de unas medidas o superficies mínimas, en definitiva estas serán lo que la lógica nos indique para su correcto uso.
    7. Zonas comunes: Además de todas las habitaciones y espacios que hemos enumerado anteriormente en caso de no ser viviendas unifamiliares, sino que se traten de fincas, ósea viviendas plurifamiliares en un bloque de viviendas, estás tendrán los elementos comunes necesarios para un uso cómodo de la vivienda, es decir dispondrán de zonas comunes como zaguán, pasillos o corredores, ascensores… Por supuesto todos estos deben tener unas medidas mínimas, aunque esto lo desarroyaremos en futuros artículos.
  6. Iluminación en viviendas

En la vivienda debe de garantizarse una iluminación natural durante las horas de sol, está iluminación es obligatoria en todas las habitaciones menos en pasillos, recibidor y baños o aseos. La iluminación se puede hacer o bien directamente a la calle o vía pública o a patios de manzana o interiores que se realizan a para ese fin. La superficie mínima de iluminación debe estar alrededor del 10% de la habitación que ilumina y los huecos se podrán cerrar por ventanas.

  1. Ventilación en viviendas

Al igual que en el caso anterior, a la vivienda se le debe de dotar de Ventilación natural al exterior. En este caso tenemos dos casos diferenciados, que serían:

  1. Ventilación a través de ventanas: O ventilación directa de todas las habitaciones deben de disponer de huecos con ventanas practicables al exterior para poder ventilarlas, la superficie de estos huecos será como mínimo entorno al 10% de la superficie de la habitación que ventilan, pueden aprovecharse los mismos huecos que se usan para iluminación. Solo los baños y aseos pueden tener ventilación mediante sums o pequeños patinillos de ventilación. Los pasillos y recibidores no necesitarían ventilación directa.
  2. Ventilación continuada de toda la vivienda: Al margen de la ventilación anterior, toda la vivienda debe de disponer de un sistema de ventilación continua las 24 horas, de manera que aunque la vivienda este completamente cerrada siempre haya una corriente de aire que barra toda la vivienda y renueve constantemente el aire viciado de la misma. Esto se consigue dejando unos pequeños huecos o aireadores en las carpinterías exteriores para garantizar la entrada de aire aunque estas estén cerradas.
  1. Materiales de suelos, paredes y techos

Deben de tener unas características en lo referente a fácil limpieza y desinfección, ignífugos y no ser resbaladizo, sobre todo en las zonas húmedas que son los baños, aseos, cocina y galerías o terrazas, normalmente en estas zonas son chapados en paredes de gres, cerámica o porcelánicos y lo mismo para solados. En el resto de la vivienda se suelen usar pinturas plásticas, lisas o gotelé.

  1. Instalaciones

La vivienda deberá de disponer de las instalaciones de electricidad, instalación de fontanería para agua fría y caliente sanitaria, instalación de fontanería desagües e instalación de telecomunicaciones. Todas estas instalaciones son las mínimas que debe tener toda vivienda aunque pueden haber otras instalaciones. Las características de todas estas deben ser las siguientes:

  1. Instalación eléctrica. Esta instalación debe realizarse según las Normativas actuales existentes, las cuales nos marcan las características mínimas que debe tener toda instalación eléctrica en una vivienda. Resumiendo lo más importante es que la instalación eléctrica contara de una acometida a la vivienda, que conectará con un protector general de la instalación y de este irá a un limitador del cual ya acomete al cuadro eléctrico. El cuadro eléctrico de la vivienda contará con diferenciales de protección para que en caso de un contacto directo se disparen. Toda la instalación ira dividida en circuitos para alumbrado y enchufes de toda la vivienda. La instalación ira empotrada por paredes y techos con cajas de registro.
  2. Instalación de fontanería: Instalación de agua sanitaria fría y caliente para toda la vivienda, la distribución de agua caliente irá calorifugada para evitar pérdidas excesivas de calor. Además se colocarán llaves de corte en todas las zonas humedas y una llave de corte general para toda la vivienda.
  3. Instalación de desagües: Lo más importante en este caso es la colocación de sifones en todos los desagües para evitar la entrada de malos olores.
  4. Instalación de telecomunicaciones: Son la instalación de cableado y tomas de televisión y teléfono. La vivienda debe de disponer de cómo mínimo dos tomas de cada una, en caso de tener menos de 2 dormitorios y 3 tomas si tiene 3 o mas dormitorios la vivienda. Además de que debe de disponer de una caja vacia por si se desea instalar en un futuro televisión por cable.

vivienda mínima

VIVIENDA MINIMA

Todas estas son las características que deben tener como mínimo una vivienda para considerarse habitable y por lo tanto cumplir con las normas de habitabilidad de su comunidad autónoma. Pero no obstante como mínimos que son, siempre es mejor intentar superarlas o mejorarlas, para aumentar el confort de la vivienda.

En la relación de puntos anteriores no se ha nombrado algo muy de moda en los últimos años, que es el AHORRO ENERGÉTICO o mejor dicho la EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA VIVIENDA. El no nombrarlo en los puntos anteriores es más que nada a que este aspecto es obligatorio a viviendas de nueva promoción, pero no en las viviendas ya existentes.

EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA VIVIENDA

en las viviendas de segunda mano no se les exige un mínimo de eficiencia energética, pero si que se exige informar al comprador o inquilino a que se le informe de la mejor o peor eficiencia energética de la vivienda. Por el contrario en las viviendas de nueva construcción si se exige unos aislamientos mínimos y una mejor eficiencia energética de la vivienda.

Esperando que este artículo les haya servido para orientaros de las normas legales que afectan a la Cédula de Habitabilidad de una vivienda. Si es así les agradecería que indicaran un COMENTARIO o un simple ME GUSTA. Gracias.

No obstante si necesitan cualquier aclaración pueden contactarnos y realizar sus consultas de forma gratuita y sin compromiso a nuestro despacho por:

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AUTOR: AGUSTÍN JIMÉNEZ REY

ARQUITECTO TÉCNICO