declaracion responsable

¿Qué es una Declaración Responsable?

Declaración Responsable

Es la manifestación escrita hecha a un organismo público por la cual asumimos que algo cumple la legalidad vigente, se usa para:

  • Apertura de Actividades: por Declaración Responsable acogidas a la Ley 12/2012 pudiendo abrir nuestra Actividad nada más presentar dicha solicitud
  • Cambio de Titularidad de Actividades: con Declaración Responsable cuando queremos Cambiar de Nombre una determinada Actividad Comercial o Servicios
  • Licencia de Obras Menores: con una Declaración Responsable podremos iniciar las obras de inmediato

Ley 12/2012

Desde que entro en vigor la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, cuando queremos iniciar una nueva actividad, si está se encuentra dentro del listado de actividades del anexo de la Ley 12/2012, y siempre que la actividad se desarrolle en un local de menos de 300 m2 de superficie útil de exposición y venta al público, no es exigible por las administraciones la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, en estos casos será suficiente con la presentación ante la administración correspondiente (normalmente Ayuntamiento) de lo que denominamos Declaración Responsable o Comunicación Previa

La Declaración Responsable también es de aplicación a las obras ejecución de obras que no requieran proyecto técnico de obra de edificación de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación(LOE)

información sobre declaración responsable

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Proyecto de Actividad

En ningún caso la presentación de la Declaración Responsable quiere decir que no se deba disponerse de la documentación técnica que se nos pueda requerir como es el Proyecto de Actividad, además de que nuestro local debe de cumplir unos requisitos determinados y se debe pagar una tasa municipal, siendo la administración la encargada de realizar una inspección o imponer sanciones en caso de no disponer de alguna de toda esta documentación.

La Declaración Responsable quiere decir que el titular de la Actividad es el que se responsabiliza de tener toda la documentación en regla y en caso de no ser así, las correspondiente administración pública puede cerrarnos el local o instarnos a que cese la actividad, ya que se habría cometido una falsedad en la Declaración Responsable

Modelo Declaración Responsable

Cada Ayuntamiento tiene su propio modelo tipo de Declaración Responsable, el cual se debe de cumplimentar y presentar junto con el resto de documentación que nos soliciten para así poder iniciar inmediatamente después de su presentación la actividad u obra.

El contenido de este modelo sería más o menos como el que indicamos a continuación:

Modelo Declaración Responsable

Yo, D./Dña _____________ ( nombre y apellidos )___________., con DNI / NIE _______________

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD :

Que al amparo de lo dispuesto en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios

  1. Que las obras y la actividad que van a ser desarrolladas no tienen impacto en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.
  2. Que las obras a desarrollar no requieren de la redacción de un proyecto de obras de edificación, de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  3. Que la actividad se encuentra incluida en el Anexo del Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios y que su superficie útil de exposición y venta al público no supera los 300 metros cuadrados.
  4. Que se encuentra en posesión de los siguientes documentos: Proyecto técnico de obras e instalaciones  cuando sea exigible conforme a la normativa correspondiente, firmado por técnico competente de acuerdo con la legislación vigente.    Justificante de pago del tributo o tributos correspondientes
  5. Que las obras y la actividad cumplen con todos los requisitos que resultan exigibles de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente, y en particular, entre otras, en las siguientes disposiciones: o Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. o Ley urbanística autonómica (citar la de cada Comunidad Autónoma). o Otras normas sectoriales aplicables (citar las que se consideren más relevantes). o Ordenanza municipal de licencias (citar la de cada Ayuntamiento). o Otras ordenanzas municipales (citar las que se consideren más relevantes).
  6. Que se compromete a mantener el cumplimiento de la normativa mencionada durante el desarrollo de la actividad y/o ejecución de la obra así como a adaptarse a las modificaciones legales que durante el desarrollo de la actividad y/o ejecución de la obra pudieran producirse.
  7. Que se compromete a conservar la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos durante el desarrollo de la actividad, así como a su presentación a requerimiento del personal habilitado para su comprobación.
  8. Que en el momento de la apertura del local se cumple con la normativa de prevención contra incendios y se tiene contratado el mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios.
  9. Que se encuentra en posesión de la correspondiente póliza de responsabilidad civil vigente u otro seguro equivalente y al corriente de pago cuando lo exija la normativa sectorial aplicable.

 Y para que conste y surta los efectos oportunos, firmo la presente en…………….., a ……………. de ………………. de 2015.

Firma del declarante,

                        Fdo.:_____________________

SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE _________________________

En resumen, la Declaración Responsable nos permite abrir rápidamente una actividad o realizar las obras de acondicionamiento en determinados casos, pero no debemos olvidar que aunque esto es una ventaja por la rapidez y dinamismo que nos proporciona, existe un riesgo que es que el titular de la actividad no dispone de una licencia física que diga que puede ejercer esa actividad por parte del Ayuntamiento, por lo que si en una inspección en cualquier momento el Ayuntamiento detecta cualquier irregularidad en la actividad, puede ordenar su cese o cierre de inmediato, sin INDECNIZACIÓN ALGUNA.

Por lo que en este caso estamos ante una indefensión por nuestra parte ante cualquier denuncia o actuación de la Administración Pública. Relación de actividades incluidas en el anexo de la Ley 12/2012:

ANEXO DE LA LEY 12/2012 DE 26 DE DICIEMBRE DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS .

Artículo 2. Ámbito de aplicación .

  1. Las disposiciones contenidas en el título I de este Real Decreto-ley se aplicarán a las actividades comerciales minoristas y a la prestación de determinados servicios previstos en el anexo de este Real Decreto ley, realizados a través de establecimientos permanentes, situados en cualquier parte del territorio nacional, y cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 300 metros cuadrados .
  1. Quedan al margen de la regulación contenida en el título I de este Real Decreto-ley las actividades desarrolladas en los mencionados establecimientos que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.

GRUPO /  SUBGRUPO  /  EPÍGRAFE  /  DEFINICIÓN

  • 45 INDUSTRIA DEL CALZADO Y VESTIDO Y OTRAS CONFECCIONES TEXTILES
  • 64 COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACO REALIZADO EN ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES 
  • 65 COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS INDUSTRIALES NO ALIMENTICIOS REALIZADO EN ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
  •  69. REPARACIONES
  •  75. ACTIVIDADES ANEXAS A LOS TRANSPORTES
  •  83. AUXILIARES FINANCIEROS Y DE SEGUROS. ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
  •  86. ALQUILER DE BIENES INMUEBLES
  •  97. SERVICIOS PERSONALES

Somos una empresa de Arquitectura e Ingeniería que trabajamos a nivel nacional por lo que conocemos la normativa específica de cada comunidad y podemos asesorarte ayudarle en cualquier punto de España que lo necesite. Esperando que este artículo les haya servido para orientaros. Si es así les agradecemos lo compartan en la RED SOCIAL que utilicen. No obstante si necesitan cualquier aclaración pueden contactarnos y realizar sus consultas de forma gratuita y sin compromiso a nuestro despacho por:

AUTOR: AGUSTÍN JIMÉNEZ REY – ARQUITECTO TÉCNICO