Cuando queremos realizar la apertura y puesta en marcha de un local o inmueble para destinarlo a despachos u oficinas de cualquier tipo, se nos plantea una primera duda, que documentación necesito presentar al ayuntamiento, que tramitación tengo que realizar, que documentación tengo que presentar y que impuestos y tasas tengo que pagar .
La tramitación administrativa para la apertura de este tipo de locales es muy sencilla y rápida. Vamos a ver a continuación cada una de estas preguntas y los pasos que deberemos de seguir, que como veremos son muy simples :
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COMUNICACIÓN AMBIENTAL
Una oficina, despacho o local para la gestión administrativa de una empresa, profesional o autonomo se trata de lo que normalmente llamamos actividad inocua o no molesta, siempre y cuando la superficie total del local no sobrepase los 300m2, ya que en este caso por el volumen de la misma ya empieza a tener cierto grado de molestia o peligrosidad por el almacenamiento de papel sobre todo. Así pues normalmente la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento se realiza atreves de un simple comunicado o lo que se suele denominar Comunicación Ambiental previo a la apertura.
Para realizar esta comunicación al Ayuntamiento la documentación que este nos solicitara, normalmente es la siguiente :
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INSTANCIA
Es el documento que normalmente sirve para comunicar al Ayuntamiento cualquier hecho, en este caso suelen ser instancias normalizadas, sino valdría una simple instancia general. En esta instancia los datos a rellenar o indicar son :
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Datos del solicitante
En caso de se ser una empresa datos de la empresa y datos y poderes del representante .
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Datos del local
Dirección exacta y referencia catastral .
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Descripción de la actividad
Que en nuestro caso se tratara de un despacho u oficina con una determinada finalidad .
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Horario de funcionamiento
Este puede ser de dos tipos, diurno o nocturno. Normalmente será horario diurno el cual comprende de 8 de la mañana a 10 de la noche ininterrumpidamente, en cualquier otro caso lo indicaremos aquí .
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PLANO DEL LOCAL
Otra cosa que nos pedirán es un plano del local, el cual normalmente deberá estar firmado por un técnico (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico). El plano deberá ser un plano de planta, con una sección y un alzado de la fachada o zona de entrada al local, a ser posible o preferiblemente se realizará a escala 1/50, en dicho plano se debe de indicar los siguientes datos:
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Medidas y superficies
tanto de planta como de alturas, así como indicar cualquier desnivel o escaleras que existan en el interior del local. .
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Luces de emergencias
La ubicación de todas las necesarias así como los carteles de emergencias necesarios .
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Extintores
Si tipo y ubicación dentro del local .
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Cuadro eléctrico
Del local, su ubicación
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Salidas de emergencias
Del inmueble además de las salidas normales, indicando su recorrido desde el punto mas desfavorable o alejado del local hasta un espacio exterior seguro .
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Ventilación
Del local, esta puede ser natural a través de huecos, ventanas, puertas o rejillas que den a la calle o a patios interiores o de manzana, o puede ser forzada con motores de extracción o impulsión de aire .
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Climatización
o cualquier instalación de aire acondicionado, ventilación o calefacción .
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Distribución oficina
La distribución que se prevé hacer de mobiliario dentro del local, zona de archivos, zonas de trabajo, zonas de descanso o consumición de alimentos, zona de aseos …
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Accesibilidad
Cada vez se le da más importancia a la accesibilidad a un local para las personas que puedan presentar cualquier tipo de minusvalía o limitación motora de sus extremidades e incluso a personas mayores .
- Cualquier otro dato que se crea puede ser interesante conocer .
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MEMORIA TECNICA
Que nos descriva nuestro inmueble en todos los aspectos, principalmente la Memoria Tecnica refleja por escrito todos los datos que anteriormente hemos puesto en el plano, pero con los cálculos y justificaciones necesarias para su entendimiento. Esta memori técnica también estará firmada por un técnico cualificado, normalmente Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero o Ingeniero Técnico .
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DECLARACIÓN RESPONSABLE
Que el titular de la actividad debe de firmar, en la cual ni más ni menos lo que el responsable de la empresa dice es que bajo su responsabilidad declara que la actividad cumple con todos los preceptos de la o las leyes y normas que le son de aplicación. Por lo que en caso contrario, si el local no cumpliera con las normas pre-establecidas el Ayuntamiento podrá y ordenará su cierre o cese de la actividad de inmediato.
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TASA MUNICIPAL
Por supuesto que no nos libraremos de abonar al ayuntamiento la correspondiente tasa municipal para la apertura de nuestra oficina. Lo que es más difícil de cuantificar es el importe, ya que cada ayuntamiento tiene unas tasas distintas, así nos encontramos con ayuntamientos cuyas tasas son “0€” (son una excepción) y en concreto son el ayuntamiento de Sevilla y el ayuntamiento de Valencia. Aunque lo normal suele rondar entre los 300€-600€, nos podemos encontrar casos de más de 1.000€ en algunos Ayuntamientos .
- OTROSNormalmente los documentos que hemos inidcado anteriormente son los que se suelen pedir por parte del ayuntamiento, en algún ayuntsamiento nos podemos encontrar
Con toda esta documentación ya puedes ir al ayuntamiento y presentándola por REGISTRO DE ENTRADA, comunicar al Ayuntamiento la correspondiente e inminente apertura de tu local, la cual la podrás realizar desde el mismo momento en que la presentes ante el consistorio .
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AUTOR: AGUSTÍN JIMÉNEZ REY
ARQUITECTO TÉCNICO
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