tramitacion licencia obra madrid 1

Autor: Agustín Jiménez Rey

Categoría: Emprender un Negocio “MÉTODO 3X3” De la Idea a la Apertura

Tramitación Licencia de Obras y Actividades en Madrid

Tramitación de Licencias Urbanísticas en Madrid

Hasta la fecha la tramitación de una Licencia Urbanística en la Mayoría de los Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid podía demorarse hasta 6 meses o más para las más sencillas y los más de 12 meses para las obras nuevas o de ampliación

Esta semana Isabel Ayuso ha declarado a algunos medios de comunicación que quiere sustituir la tramitación de Licencias Urbanísticas de Obras por Declaraciones Responsables, esta decisión afectaría a todos los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, haciendo que las obras pudieran iniciarse de inmediato tras presentar en el correspondiente Ayuntamiento una Declaración Responsable.

Este mecanismo de Declaración Responsable que sustituiría la tradicional solicitud de Licencia de Obras podría paliar en parte al sector de la construcción, al acelerar el inicio de muchas obras y reactivar un poco la economía que ante la crisis “Coronavirus” que se nos presenta.

Pero vamos a analizar esto que hemos comentado hasta ahora y que de momento solo es una “MANIFESTACIÓN DE BUENAS INTENCIONES”, Como se debe de hacer y que es lo que supondría:

  1. Acto Reglado: En primer lugar la Solicitud, Tramitación y Concesión por parte de loa Ayuntamientos de una Licencia Urbanística de Obras es un Acto Reglado, esto quiere decir que todos los trámites no se realizan por criterio del Ayuntamiento en cuestión sino que se hacen según una Ley o Normas que dictan que actos están sujetos a Licencia Urbanísticas y cuaes No.

Así pues para que esto se haga realidad el la Comunidad de Madrid tiene que modificar su Ley del Suelo, para ampliar los casos en los cuales se pueden tramitar las Licencia Urbanísticas de Obras Mayores por Declaración Responsable.

  1. Burocracia: La tramitación de estas licencias por Declaracion Repsonsable no quiere decir que se va a eliminar parte de la burocracia administrativa que hasta la fecha existe en la concesión de licencias de obras, lo que significa es que se reduce e incluso elimina el tiempo que el Ayuntamiento tardaba en contestarnos para otorgarnos dicho permiso. Aunque puede parecer una contradicción no lo es, veamoslo:

El hecho de solicitar una Licencia de Obras por Declaración Repsonsable, no quiere decir en ningún caso que no se tenga que presentar exactamente la misma documentación que se pedía antes, con el trámite normal, por lo que la documentación administrativa que antes se nos pedía se va a seguir pidiendo. Lo que pasa es que una vez presentada al Ayuntamiento la Declaración Responsable ese mismo día podemos iniciar las obras.

  1. Pago de Tasas e Impuesto por Obras: Aunque la tramitación sea inmediata, se tendrá que seguir abonando las Tasas e Impuestos Municipales, eso seguirá siendo el mismo importe, que suele rondar entre el 4% y el 5% del presupuesto de la Obra. PEM

Por eso cuando desde la WEB del la COMUNIDAD DE MADRID  publican determinadas muy tajantes, realmente nos están engañando, vamos a analizar algunas de estas afirmaciones y veremos el por qué:

Esta es una de las Afirmaciones que hacen: “Esta medida ayudará a impulsar todos aquellos proyectos, nacionales e internacionales, que posicionen, una vez más, a la Comunidad de Madrid como palanca de desarrollo, generación de riqueza y atracción de talento, teniendo en cuenta como pilares fundamentales la sostenibilidad y el respeto al medio ambiente.

“La aprobación de esta modificación legislativa animará a que las empresas extranjeras se ubiquen en la región ya que en España los plazos de obtención de licencias son muy superiores a la media de países de la Unión Europea. Esta medida tendrá un impacto muy positivo en el tejido empresarial de la Comunidad de Madrid favoreciendo la creación de empleo y reduciendo los efectos derivados del contexto actual en el que nos encontramos.

Realemente como hemos explicado en el punto 2, en ningún caso se elimina la Burocracia Administrativa ni tampoco las Leyes o Normas que deben de cumplir cada una de las Obras que queramos hacer. Además el trámite de una Licencia Urbanística de Obras por el procedimiento de Declaración Responsable es muy PELIGROSO, ya que tenemos un completo DESAMPARO LEGAL, ya que podría ocurrir que acabásemos una obra y que la administración correspondiente nos dijera que no es correcta y que no nos concede la Licencia de Primera Ocupación.

Este desamparo legal se produce debido justa al hecho de que no tenemos ninguan Licencia de Obras que nos proteja ante futuros criterios arbitrarios de la Administración.

Es cierto que muchas obras se podrán iniciar en un periodo de tiempo más corto, y esto hará que se estimule algo el empleo, pero en ningún caso vamos a pensar que un INVERSOR INTERNACIONAL va a invertir grandes sumas de dinero con una Espada de Damocles en la cabeza y la incertidumbre de no saber si la obra que está haciendo es conforme a LEY.

Dicho lo anterior si que tenemos que reconocer que esta modificación, cuando la realicen, será un avance y ayudará a pequeñas y medianas obras a que se pongan en marcha más rápidamente. Pero en ningún caso creo que un promotor Nacional o Internacional vaya a hacer una promoción de 10.000.000€ o más sin una Licencia Urbanística de Obras que respande su actuación y le otorgue unos derechos y se aventure con una simple Declaración Responsable que no tiene ningún peso jurídidco.

La tramitaciónde Licencias Urbanísticas por el procedimiento de Declaración Repsonsable, ya se aplica en muchas Actividades desde que se aprobó en el año 2012 y también se aplica a los Obras menores, ahora con está ampliación que pretenden se podrá aplicar a las Licencias de Obras Mayores, lo que no las eximirá de cumpir con todos los trámites y requisitos que se les exige hasta ahora.

En la tramitación de Licencias de Apertura en Madrid o cualquier otro municipio ya se tramitaban un gran numero de apertura de actividades por este procedimiento, en el enlace tienes más información.

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