Para Habilitar un Local como Vivienda se nos pueden dar distintos casos y según estos realizar unos trámites u otros que tendrán mayor o menor coste
Habilitar Vivienda : Cuando hablamos de Habilitar una Vivienda es por dos motivos :
- Esta ya se encuentra construida y normalmente en uso como vivienda .
- En su día esta fue construida sin solicitar la licencia correspondiente .
Estos dos puntos que son obvios es importante recordarlos ya que en función de estos dos aspectos se den de una forma u otra dependerán los tramites y costes que tendrá Habilitar la Vivienda e incluso si esta es posible o no.
INFORMACION GRATIS HABILITAR LOCAL COMO VIVIENDA
En nuestra oficina de arquitectura realizamos los trámites de licencias y proyectos que se necesitan para realizar el Cambio de Uso de Local en Vivienda, este artículo puede aclararle algunas cuestiones, también puede contactarnos gratuitamente y consultarnos sus dudas y problemas de cómo realizar el Cambio de Uso de Local en Vivienda
En nuestra oficina de arquitectura realizamos los trámites de licencias y proyectos que se necesitan para realizar el cambio de uso de local en vivienda, este artículo puede aclararle algunas cuestiones, también puede contactarnos gratuitamente y consultarnos sus dudas y problemas de cómo realizar el Cambio de Uso de Local en Vivienda .
Legalización de Vivienda. Casos que se pueden dar
Como hemos indicado anteriormente hay dos factores que condicionaran los tramites y costes de la Legalización de Vivienda, en función del tiempo que lleve construida y si la obra que se hizo sin licencia fue la totalidad de la construcción o solo una parte. Así pues en función de estos parámetros se nos pueden dar los siguientes casos :
HABILITAR VIVIENDA CON MÁS DE 4 AÑOS DE ANTIGÜEDAD
Si hace más de 4 años que construimos nuestra vivienda y en ese tiempo no se nos ha notificado fehacientemente ninguna Infracción Urbanística por parte del Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma, no se nos puede exigir por parte del Ayuntamiento a que solicitemos Licencia de Obras para la Legalización de la Vivienda. Pasados los 4 años el Ayuntamiento ya no puede actuar. En este caso el trámite de Habilitar la Vivienda sería directamente a través de una Notaría y registrándola posteriormente como indicamos a continuación :
INFORME TÉCNICO
Se redacta un Informe Técnico con Levantamiento de Plano de la Vivienda a Habilitar por parte de un Técnico Cualificado ( Arquitecto o Arquitecto Técnico ), en este Informe se especifican todos los datos de la vivienda que posteriormente necesitará el Notario para la realización de la Declaración de Obra Nueva .
DECLARACIÓN DE OBRA NUEVA
La cual se redacta y firma por parte de un notario, también la tiene que firmar el propietario y el Técnico que redacto el Informe
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
a continuación una vez se ha firmado la Declaración de Obra Nueva procederemos a Pagar los Impuestos correspondientes (La cuantía de estos dependerá si el uso de la vivienda es para uso habitual o por el contrario es segunda vivienda), en este segundo caso el importe es mayor. Una vez abonados los impuestos correspondientes procederemos a llevarla al Registro de la Propiedad para que se inscriba en el Registro .
MODIFICACION CATASTRAL
Una vez inscrita en el Registro de la Propiedad podemos ir al Catastro para que cambien los datos que tengan y la inscriban catastralmente de forma correcta .
COSTE DE HABILITAR UNA VIVIENDA
El coste de todos estos pasos dependerá de la superficie y el valor de la vivienda. Para que tengamos una idea para una vivienda de unos 100 metros cuadrados el coste aproximada sería de unos 3.000€ .
HABILITAR VIVIENDA CON MENOS DE 4 AÑOS DE ANTIGÜEDAD
Si por el contrario hace menos de 4 años que construimos nuestra vivienda y queremos o necesitamos habilitarla el tramite y costes es muy distinto. En este caso si que tendremos que solicitar previamente una Licencia Municipal de Legalización de Vivienda, aunque también previamente también tendremos que ver si urbanísticamente se autoriza el uso de vivienda en la ubicación donde hemos construido el inmueble. Así pues los pasos a dar en este caso serían los siguientes :
INFORME URBANISTICO
El cual lo solicitamos al Ayuntamiento, si este fuera negativo es decir que no se autoriza la construcción de vivienda en esa ubicación, ya se habría terminado los pasos a dar y la posibilidad de Habilitar la Vivienda se reducen drásticamente, y pudiera ser que la única opción que tuviéramos fuera la Demolición de la Vivienda y además a nuestra costa. Aunque todavía pudiera haber alguna alternativa. Si por el contrario el Informe Urbanistico es positivo pasaríamos al siguiente tramite .
PROYECTO DE LEGALIZACIÓN
Que al tratarse de una vivienda debe ir firmado por un Arquitecto y Visado por el Colegio Oficial de Arquitectos .
LICENCIA DE LEGALIZACIÓN VIVIENDA
Con el proyecto anterior ya podemos solicitar al Ayutamiento la correspondiente Licencia de Legalización de Vivienda, Por supuesto previo pago de las tasas e impuesto correspondientes que suelen ser entre un 4 a 5% de importe de la legalización
DECLARACIÓN DE OBRA NUEVA
Una vez obtenida la Licencia podremos ir a la notaría a firmar la correspondiente Declaración de Obra Nueva, también la tiene que firmar el propietario y el Técnico que redacto el Informe
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
A continuación una vez se ha firmado la Declaración de Obra Nueva procederemos a Pagar los Impuestos correspondientes (La cuantía de estos dependerá si el uso de la vivienda es para uso habitual o por el contrario es segunda vivienda), en este segundo caso el importe es mayor. Una vez abonados los impuestos correspondientes procederemos a llevarla al Registro de la Propiedad para que se inscriba en el Registro .
MODIFICACION CATASTRAL
Una vez inscrita en el Registro de la Propiedad podemos ir al Catastro para que cambien los datos que tengan y la inscriban catastralmente de forma correcta .
COSTE DE HABILITAR UNA VIVIENDA
El coste dependerá de la superficie y valor de la vivienda. Para una vivienda de unos 100 metros cuadrados el coste aproximada sería de unos 6.000€ .
HABILITAR VIVIENDA CON MAS DE 4 AÑOS DE ANTIGÜEDAD CON LICENCIA PARCIAL
Sería el caso de que en su día solicitamos la Licencia de Obras al Ayuntamiento para realizar un construcción, el Ayuntamiento nos concedió dicha licencia según el Proyecto Técnico que nos redacto un Arquitecto y posteriormente cuando realizamos las obras hicimos algunas ampliaciones que no estaban contempladas en el proyecto y nunca se solicito una nueva licencia que amparara dichas ampliaciones. En este caso estaríamos en el mismo aso que en el punto 1. Pero que solo afectaría la Legalización de la Vivienda a la zona que hemos ampliado y no estaba en el Proyecto de Obra Por lo tanto los pasos a seguir serían igual y los costes también .
HABILITAR VIVIENDA CON MENOS DE 4 AÑOS DE ANTIGÜEDAD CON LICENCIA PARCIAL
Aquí se da el caso que en su día solicitamos la Licencia de Obras para realizar según un proyecto técnico presentado una obras y el Ayuntamiento nos concede dicha licencia y realizamos las obras con algunas ampliaciones que no se encontraban amparadas en el proyecto. Este caso como el punto 2. Pero que solo afectaría la Legalización de la Vivienda a la zona ampliada y no contemplada en el Proyecto de Obra. Por lo tanto los pasos a seguir serían igual y los costes también .
Por lo cual siempre que queremos realizar la habilitación de un local a vivienda lo primero que deberemos de realizar es el encargo a un técnico cualificado del PROYECTO DE HABILITACION DE LOCAL A VIVIENDA, aunque pensemos que no vamos a realizar ninguna obra o instalación nueva en el local.
En ESARCO podemos realizar no sólo la redacción de proyectos sino los trámites que le hemos comentado en el presente artículo. Haznos las consultas GRATUITAMENTE y exponnos tu problema para decirte los pasos correctos a dar y de forma segura.
En el caso de que este artículo les haya gustado y servido para aclararles de cómo Habilitar su Vivienda. les agradeceremos que indicaran un Comentario o un me gusta. Muchas Gracias.
Para cualquier aclaración que pudieran necesitar pueden contactarnos y hacernos sus consultas de forma gratuita a nuestra Oficina Técnica por: Teléfono 658987206
Whatsapp 662612370
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AUTOR: AGUSTÍN JIMÉNEZ REY
ARQUITECTO TÉCNICO
Arquitecto Técnico en Esarco.es. Somos un Despacho de Arquitectura e Ingeniería que te ayudamos en tus Proyectos. Tienes todo un equipo multidisciplinar de profesionales a tu disposición, por lo que siempre podremos atender tus dudas y consultas de una forma rápida y ágil y sin que te suponga ningún coste adicional.