servidumbres aeronáuticas

Autor: Agustín Jiménez Rey

Categoría: Servidumbres. Clases, Tipos y Características

Servidumbres Aeronáuticas. Trámite, Decreto y Mapa

Servidumbres Aeronáuticas

Limitación sobre los terrenos cercanos a un aeródromo o aeropuerto que garantiza la seguridad en las maniobras de aeronaves, gestionadas por AESA. Estas son las principales características de las Servidumbres Aeronáuticas:

  • Son gestionadas por AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).
  • Se requiere de una autorización previa o Pre-Solicitud de AESA para cualquier construcción, instalación o actuación afectada por esta servidumbre.
  • Se solicitan a través del ayuntamiento o directamente a la agencia estatal, según el tipo de obra o instalación a realizar.

Este es un Tipo de Servidumbre que se engloba en las que ya indicamos en la Temática de Servidumbres.

Tipos de Servidumbres Aeronáuticas

Existen diferentes tipos, según el Decreto 584/1972, se pueden distinguir los siguientes, atendiendo a su finalidad:

  1. Servidumbres de aeródromo: destinadas a impedir el levantamiento de obstáculos en los alrededores de un aeródromo para respetar las aéreas de subida, aproximación y entorno.
  2. Servidumbre de limitación de actividades: son las que pueden prohibir, limitar o condicionar, actividades que puedan suponer un peligro para las operaciones aéreas o para el correcto funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas o de ayuda a la navegación.
  3. Servidumbres de las instalaciones radioeléctricas: tienen como finalidad que las aeronaves reciban de forma apropiada las emisiones procedentes de los sistemas de ayuda a la navegación, para garantizar su correcto funcionamiento, del que depende en gran parte la regularidad del tráfico aéreo.
  4. Servidumbres de operación de aeronaves: son aquellas que son necesarias establecer para garantizar las diferentes fases de las maniobras de aproximación por instrumentos a un aeródromo.

Es común encontrarnos con limitaciones o que surjan dudas a la hora de cualquier construcción, ya que se requiere de una autorización de AESA/Ministerio de Defensa para cualquier construcción o instalación bajo Servidumbres Aeronáuticas. Es por ello, que en este artículo detallamos la información necesaria sobre los tramites respecto a Servidumbres Aeronáuticas.

informe sevidumbres

Informe de Servidumbres Aeronáuticas

A continuación, te mostramos de manera esquemática y simple el proceso para solicitar a AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) un informe sobre Servidumbres Aeronáuticas, en la sede electrónica puedes obtener más información.

  • Confección de memoria y planos necesarios que definan el proyecto.
  • Presentación de la documentación ante el ayuntamiento, junto con una instancia general.
  • Envío de la documentación a AESA por parte del ayuntamiento para la realización del informe correspondiente.
  • Emisión del informe por parte de AESA
  • Entrega del informe al solicitante

Como ya lo hemos mencionado, la legislación estatal exige que se obtenga una autorización previa para poder edificar una parcela, elevar la altura de una edificación existente o realizar cualquier tipo de instalación que supere la altura de las construcciones situadas en la misma. Es por esto que te mostramos un informe tipo de la solicitud de autorización que puedes descargar aquí.

AESA Solicitud de Servidumbres Aeronáuticas

A continuación, te vamos a indicar de manera esquemática el proceso para solicitar a AESA la autorización que puede afectar a tu parcela o solar. Es importante saber que, para la construcción de viviendas unifamiliares, edificios, grúas torre, sujetas a licencia municipal, el ayuntamiento NO puede emitir su licencia sin contar con la previa autorización de AESA, y es el propio ayuntamiento, o el interesado a través de éste, quien debe tramitar. Para el caso de construcciones o instalaciones no sujetas a licencia municipal como grúas móviles, parques eólicos, entre otros, es el propio particular el que debe tramitar la solicitud ante AESA, como se detalla en el siguiente esquema.

solicitud aesa

¿Cuándo es necesaria una autorización?

servidumbre aerea

Las Servidumbres Aeronáuticas en territorio nacional, espacio aéreo y aguas jurisdiccionales, son las que indica el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, y toda construcción, instalación o plantación afectada. requiere de la autorización de AESA que es la entidad encargada de su control.

Mapa Servidumbres Aeronáuticas

Antes que nada, debemos saber si la zona donde se pretende llevar a cabo alguna actuación está afectada, en el siguiente Link dejamos un mapa de los contornos de las servidumbres aeronáuticas civiles en España que delimitan las zonas donde se requiere, de forma previa a la ejecución de construcciones, instalaciones o plantaciones un acuerdo, según lo establecido en el Decreto 584/1972. Aquí se detallan en rojo las Servidumbres De Aeródromo Y Radioeléctricas, y en azul se detallan las Servidumbres De Operación.

Cualquier obstáculo situado fuera de dichos contornos no requiere autorización previa salvo que tenga una altura superior a 100 m sobre el nivel del terreno o agua circundante.

Información sobre Servidumbres Aeronáuticas

Es importante saber que las Servidumbres Aeronáuticas son necesarias para la regulación y ordenamiento urbanísticos. Las autorizaciones pertinentes a estas (AESA /DEFENSA) son de los permisos menos conocidos, y cuyos problemas son más graves, por lo que se hace necesaria la intervención de un Técnico Cualificado.

Nuestros Técnicos tienen amplia experiencia y te ayudarán en todo el proceso de solicitud de la autorización, para todo tipo de proyectos y actuaciones, tanto para objetos fijos como para objetos móviles (grúas móviles, grúas- torre, camiones-grúa, grandes excavadoras, pilotadoras, estructuras, postes, antenas, …)

Somos una Plataforma con técnicos en todas las Provincias de España. Nuestra Plataforma está compuesta por:

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AUTORES: AGUSTIN JIMENEZ REY

ARQUITECTO  TECNICO